Los Riesgos de no separarse legalmente

Imaginense este supuesto: matrimonio separado de hecho en el año 1997. En el año 2000 la Seguridad Social conceder a la esposa una pension de invalidez no contibutiva. Sin embargo en el año 2007, dicho organismo comprueba que su todavia marido percibe una pension de invalidez superior a los 12.000€ anuales y decide iniciar un proceso de revision que tiene como resultado la extincion de la pension a la esposa “por superar el limite de los recursos de la unidad economica de convivencia”, reclamandole, ademas, que devuelva los importes mensuales percibidos en el ultimo año y medio anterior a la revisión.

Obviamente la esposa interpone recurso contra la extincion de la pension de invalidez, centrandose el debate juridico en determinar si los ingresos del esposo deben computar en la unidad economica familiar, a pesar de estar separados desde hace tiempo. Sin embargo el Tribunal Supremo ha considerado que hay que imputar a cada conyuge la mitad de los ingresos del otro ya que al no existir separacion legal, ha de entrar en juego la presuncion de que vivian juntos.

Conclusión: Ya en un post anterior titulado ” de los riesgos de la separacion de hecho” habia advertido lo peligrosa que resultaba una separacion sin legalizar. Pues bien, con esta nueva sentencia del Tribunal Supremo, se evidencia que ahora ya no solo es peligroso sino TEMERARIO, no hacerlo, sobretodo cuando uno comienza a percibir prestaciones de la Seguridad Social.

Carmen Varela Álvarez ( @CarmenVarelaAlv )

Abogada de Familia en Barcelona